Sólo hay 2 cosas seguras en la vida, la muerte y… pagar impuestos

Artículo por Ensofintech · 3 abril 2020

¿Declaración Anual? Te entendemos, nada más de pensar en el tema nos da flojera y a veces miedo. Sin embargo es una de las obligaciones que debemos cumplir como personas trabajadoras y es mejor siempre estar informados y cumplir en tiempo y orden. 

Nuestro objetivo con este material es que puedas resolver dudas y guiarte en el proceso para que el SAT te dé tu estrellita de contribuyente cumplido.

A continuación te compartimos algunos consejos que te ayudarán a realizarla sin contratiempos. Recuerda que en todo momento debes tener a la mano tu RFC, contraseña, firma electrónica actualizada y Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).

*Si no cuentas con alguno de estos datos, lo primero será hacer cita en el SAT. Aquí puedes hacerlo: https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

1. Identifica tu Régimen

Es importante saber cuál es el régimen fiscal en el que te encuentras dado de alta, sucede con mucha frecuencia que las personas se registran en uno que no corresponde con su actividad económica y eso en un futuro podría complicar las cosas.

 

A continuación te presentamos un resumen de los regímenes fiscales para personas físicas:

  1. Sueldos y salarios -  La mayoría estamos en este régimen, es para las personas que prestan un servicio personal subordinado y tienen un patrón o empleador. Es decir #NosotrosLosGodínez. Si perteneces a este selecto grupo mira el bonus tip del punto 1.1.
  2. Honorarios -  Este aplica para quienes desempeñan servicios profesionales independientes por ejemplo: arquitectos, médicos, dentistas, etc.
  3. Arrendamiento de inmuebles - Como su nombre lo indica abarca a quienes se dedican a rentar casas, departamentos, locales, bodegas, terrenos, etc.
  4. Actividad empresarial - La personas que realizan actividades de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas (la palabra del día.- dícese de la disciplina sobre el manejo forestal y gestión de bosques). Una particularidad de este régimen es que no hay un límite de ingresos.
  5. Incorporación fiscal o RIF - También son actividades empresariales pero no requieren un título profesional para efectuarlos. Aquí entran todos los oficios que se te ocurran: herreros, carpinteros, costureras, estilistas, etc.

Si tienes duda sobre tu régimen, puedes revisarlo en la página del SAT [https://www.sat.gob.mx/consultas/44083/consulta-tu-informacion-fiscal] con tu RFC o acudir a un Módulo de Asistencia al Contribuyente.

Recuerda que las personas físicas, debemos presentar nuestra declaración durante el mes de abril de cada año.

1.1 Exclusivo para Godínez 

La gran mayoría de quienes trabajamos para una compañía no tenemos mucho de qué preocuparnos, pues esta nos retiene el impuesto correspondiente y lo paga al SAT en nuestro nombre. Sin embargo existen algunas excepciones, aquí te presentamos una lista de quienes tienen la obligación de declarar:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo periodo, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.
  • Si dejaste de laborar antes del 31 de diciembre del 2020.
  • Si obtuviste ingresos bajo el esquema de Sueldos Asimilados a Salarios, este se caracteriza porque no te hacen retención del IMSS.

2. Revisa tus recibos de nómina

El año pasado falló la aplicación para timbrar los recibos de nómina, aunque no todo fue culpa del SAT, algunas empresas no supieron cómo hacerlo de manera correcta, nosotros los contribuyentes no los revisamos y como buenos mexicanos presentamos la declaración cuando estaba a punto de vencer el plazo.

No dejes que te agarren las prisas y entra al visor de comprobantes de nomina [https://www.sat.gob.mx/declaracion/90887/visor-de-comprobantes-de-nomina-para-los-patrones], por si encuentras errores puedas hacer las correciones correspondientes en la sección de ingresos.

3. Haz tus cuentas

Antes de ingresar al portal del SAT realiza un cálculo de tus ingresos y las deducciones que puedes aplicar (como gastos de hospitalización, honorarios médicos y colegiaturas) claro; en su momento, debiste solicitar la factura con tus datos fiscales,, esto porque en automático el sistema te presenta un borrador de tu declaración y te indica el impuesto a pagar o bien un saldo a favor. Como ejemplo, si solicitaste una factura con tu dentista en junio de  2019, esta debe aparecer en tu historial como deducción. 

Es muy importante que revises los datos que te aparecen ya que puede haber inconsistencias sobre todo en los impuestos que te retuvo tu patrón, como te mencionamos en el punto 2 hubo muchas empresas que no supieron calcular el ISR de sus empleados y les hicieron una retención mayor. En esta situación es muy probable que tengas saldo a favor y puedes solicitar la devolución de ese dinero.

En el siguiente video encontrarás una explicación paso a paso sobre cómo pedirla: https://www.youtube.com/watch?v=FGQOX2E0gE4

Recuerda validar tus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Hacienda quiere detectar empresas con actividades fraudulentas o que realizan facturación falsa, de ahí la importancia de verificar el RFC de quien te emite un comprobante fiscal.

Aquí puedes hacer la verificación de tus facturas: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/

4. Declara tus ingresos exentos

Tiene que ver un poco con el punto anterior. En la declaración prellenada a veces omite ingresos exentos, como la venta de un predio, la enajenación de una casa, dividendos si eres socio de una empresa, préstamos, etc.

La importancia de declarar estas entradas de dinero radica en que si el SAT las identifica en tus estados de cuenta bancarios puede gravar los impuestos.

5. Invítale un café a tu contador de confianza

Tratamos de abordar los aspectos que generan mayores dudas a la hora de presentar tu declaración pero siempre son de gran valor los consejos de un contador. Si al final del proceso aún tienes dudas del resultado lo mejor es acercarte con un experto en contabilidad y fiscal y disipar cualquier incertidumbre.

También te recomendamos informarte bien, pregúntale a gente conocida pues siempre será más fácil poder entender todo lo que requieres hacer de experiencia de otros. Este canal de youtube también cubre muchas de las dudas que frecuentemente tenemos sobre el tema: https://www.youtube.com/channel/UCU7cs6EF6VAUKCrgnxCUzVg 

No se te olvide que tienes tooooooooodo el mes de abril para presentar tu declaración anual del año anterior.

Nuestra intención con este e-book es que le pierdas el miedo al SAT, al final te darás cuenta que declarar tus impuestos es más simple de lo que te imaginabas.

 

Equipo Enso.



Fuentes:

  • Sueldos, salarios y asimilados (Título IV. Capítulo I) Artículo 98, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.
  • Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios) (Título IV. Capítulo II. Sección I) Artículo 109, 110, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Título II. Capítulo VIII) Artículo 74, fracción III, primer párrafo, fracción II, séptimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.
  • Arrendamiento (Título IV. Capítulo III) Artículo 118, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.
  • Cómo entender contabilidad sin ser contador, Mónica Ramírez Córdova, Ed. Instituto Mexicano de Contadores Públicos 2018.

[https://ebooks.imcp.org.mx/product/cmo-entender-contabilidad-sin-ser-contador

  • RIF con Coeficiente de Utilidad (Título VI. Capítulo II. Sección II) Artículo 111, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

https://www.sat.gob.mx/personas/declaraciones

  • Contador Contado

https://www.youtube.com/channel/UCU7cs6EF6VAUKCrgnxCUzVg

  • Milenio

https://www.milenio.com/negocios/declaracion-anual-2020-sat-quienes-y-cuando-se-debe-presentar

Autor Ensofintech